- Se cambian las referencias de Administración Electrónica a Administración digital.
- Ámbito de aplicación: AGE + Organismos Públicos
- Modelo de Gobernanza TIC: implementación de una estrategia global de transformación digital.
- Queda derogado el Real Decreto 589/2005
ÓRGANOS
ÓRGANO ANTIGUO | ÓRGANO NUEVO |
CSAE | Comisión Estrategia TIC |
CMAE | CMAD |
Referencias a CSAE o CMAE en Contratación | DTIC |
Órganos
suprimidos desde la entrada en vigor:
- Consejo Superior de Administración Electrónica
- Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica
1. Comisión
de Estrategia TIC:
Se
crea la Comisión de Estrategia TIC, que creará y supervisará la
aplicación de la "Estrategia TIC" de la AGE.
Formada
por:
- Pleno: reunión, al menos, 2 veces al año.
- Comité Ejecutivo
Funciones:
- a) Fijar las líneas estratégicas TIC
- b) Aprobar la propuesta de Estrategia TIC de la AGE y sus organismos públicos para su elevación al Consejo de Ministros.
- c) Informar los anteproyectos de ley, los proyectos de disposiciones reglamentarias y otras normas de ámbito general que le sean sometidos por los órganos proponentes cuyo objeto sea la regulación en materia TIC de aplicación en la AGE y sus Organismos Públicos o de los recursos de carácter material y humano afectos a su desarrollo.
- d) Definir las prioridades de inversión en materias TIC de acuerdo con los objetivos establecidos por el Gobierno.
- e) Declarar los medios o servicios compartidos.
- f) Declarar los proyectos de interés prioritario a propuesta de los ministerios y sus organismos públicos adscritos previo informe de la DTIC.
- g) Impulsar la colaboración y cooperación con las comunidades autónomas y las entidades locales para la puesta en marcha de servicios interadministrativos integrados y la compartición de infraestructuras técnicas y los servicios comunes que permitan la racionalización de los recursos TIC a todos los niveles del Estado.
- h) Impulsar las actividades de cooperación de la AGE y sus Organismos Públicos con la UE, con las organizaciones internacionales y, especialmente, con Iberoamérica, en materia de tecnologías de la información y Administración digital.
- i) Actuar como Observatorio de la Administración Electrónica y Transformación Digital.
2. Comisiones
Ministeriales de Administración Digital (CMAD)
Las
CMAD son órganos colegiados de ámbito departamental responsables
del impulso y de la coordinación interna en cada departamento en
materia de Administración digital, y serán los órganos de enlace
con la DTIC.
Funciones:
- a) Actuar como órgano de relación entre los departamentos ministeriales y la DTIC.
- b) Impulsar, ejecutar y supervisar, en el ámbito del departamento, el cumplimiento de las directrices y el seguimiento de las pautas de actuación recogidas en la Estrategia TIC de la AGE y sus Organismos Públicos.
- c) Elaborar el Plan de acción del departamento para la transformación digital.
- d) Analizar las necesidades funcionales de las unidades de gestión del departamento, evaluar las distintas alternativas de solución propuestas por las unidades TIC, identificando las oportunidades de mejora de eficiencia que pueden aportar las TIC, aplicando soluciones ya desarrolladas en el ámbito del Sector Público y estimando costes en recursos humanos y materiales.
- e) Impulsar la digitalización de los servicios y procedimientos del departamento.
- f) Colaborar con la DTIC en la identificación y la puesta a disposición común de los medios humanos, materiales y económicos que estén adscritos al departamento y que deban ser utilizados para la puesta en funcionamiento o mantenimiento de los medios o servicios compartidos.
3. Comité
de Dirección de las Tecnologías de Información y las
Comunicaciones
El
Comité de Dirección de las Tecnologías de Información y las
Comunicaciones es un órgano de apoyo adscrito a la DTIC.
Actuará
como órgano de coordinación y colaboración entre la DTIC y los
órganos y organismos
integrantes
de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos a
fin de establecer una acción coordinada, de acuerdo con las líneas
estratégicas definidas por la Comisión de Estrategia TIC y
contribuirá a definir metodologías, procesos, arquitecturas, normas
y buenas prácticas comunes a todas las unidades TIC de la AGE.
4. Unidades
TIC
Son
unidades TIC aquellas unidades administrativas cuya función sea la
provisión de servicios en materia de TIC a sí mismas o a otras
unidades administrativas.
Se
entenderá por provisión de servicios TIC la realización de una o
varias de las siguientes funciones:
a) Soporte, operación,
implementación y/o gestión de sistemas informáticos corporativos o
de redes de telecomunicaciones.
b) Desarrollo de aplicativos
informáticos en entornos multiusuario.
c) Consultoría informática.
d) Seguridad de sistemas de
información.
e) Atención técnica a usuarios.
f) Innovación en el ámbito de las
TIC
g) Administración digital.
h) Conformar la voluntad de
adquisición de bienes o servicios en el ámbito de las TIC
Las
unidades TIC adscritas a los departamentos ministeriales o a sus
organismos adscritos, impulsarán, en el marco de la CMAD, la
transformación digital de los servicios sectoriales en sus ámbitos.
PLANES
1. Estrategia
TIC
La
Estrategia TIC determinará los objetivos, principios y acciones para
el desarrollo de la administración digital y la transformación
digital de la AGE y sus Organismos Públicos y servirá de base para
la elaboración por los distintos ministerios de sus planes de acción
para la transformación digital.
2. Planes
de acción departamentales para la transformación digital
La
propuesta de plan de acción departamental se remitirá por el
presidente de la CMAD a la DTIC para su estudio y valoración y
posterior elevación a la Comisión de Estrategia de TIC.
Los
planes de acción para la trasformación digital tendrán un alcance,
al menos, de dos años.
OTROS
CONCEPTOS
Medios
y Servicios Compartidos
- Los medios y servicios TIC de la AGE y sus Organismos Públicos serán declarados de uso compartido cuando, en razón de su naturaleza o del interés común, respondan a necesidades transversales de un número significativo de unidades administrativas.
- Se entenderá por «medios y servicios» todas las actividades, infraestructuras técnicas, instalaciones, aplicaciones, equipos, inmuebles, redes, ficheros electrónicos, licencias y demás activos que dan soporte a los sistemas de información.
- La declaración de medios y servicios compartidos necesarios para la ejecución y desarrollo de la Estrategia TIC, corresponderá a la Comisión de Estrategia TIC a propuesta de la DTIC.
- La utilización de los medios y servicios compartidos será de carácter obligatorio y sustitutivo respecto a los medios y servicios particulares empleados por las distintas unidades.
- La DTIC establecerá un Catálogo de Servicios Comunes del que formarán parte los medios y servicios compartidos, así como aquellas infraestructuras técnicas o aplicaciones desarrolladas por
- la DTIC cuya provisión de manera compartida facilite la aplicación de economías de escala y contribuya a la racionalización y simplificación de la actuación administrativa.
- Las CMAD y las unidades TIC sectoriales velarán por el uso de los medios y servicios compartidos.
Proyectos
de interés prioritario
- La Comisión de Estrategia TIC (en el BOE pone Comité Estrategia TIC, pero según sus funciones, definidas más arriba, sería la Comisión. ¿Posible errata?) podrá declarar como proyectos de interés prioritario aquellos que tengan una singular relevancia y, especialmente, aquellos que tengan como objetivo la colaboración y cooperación con las comunidades autónomas y los entes que integran la Administración local y la Unión Europea en materia de Administración digital.
- Se tendrán en cuenta en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
CONTRATACIÓN
EN MATERIA TIC
La
DTIC informará con carácter preceptivo la declaración de
contratación centralizada, que corresponde al Ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas a propuesta de la Dirección General de
Racionalización y Centralización de la Contratación, de los
contratos de suministros,
obras
y servicios en materia TIC.
La
DTIC realizará el informe técnico preceptivo de la memoria y los
pliegos de prescripciones técnicas de las siguientes contrataciones
de bienes y servicios informáticos:
- a) El suministro de equipos y programas para el tratamiento de la información.
- b) Los contratos de servicios.
- c) Los procedimientos especiales de adopción de tipo.
- d) Los convenios de colaboración y encomiendas de gestión que incluyan la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información, comunicaciones o Administración Digital.
Tramitación
telemática de los informes a la memoria y los pliegos de
prescripciones técnicas: El informe técnico se emitirá en el plazo
máximo de diez días hábiles posteriores al día en que la
unidad TIC registró la documentación completa del expediente de
contratación.
Las
Unidades TIC proporcionarán la información necesaria para mantener
actualizado el sistema integral de seguimiento de contratación TIC
que permita un análisis permanente de los contratos TIC.
Se
pospone hasta el 1 de enero de 2015 la entrada en vigor del
nuevo procedimiento de tramitación de los informes de la memoria y
de los pliegos de prescripciones técnicas.
Muy buen resumen! Directo al grano!
ResponderEliminarMuchas gracias por el esfuerzo
Genial el resumen, gracias!
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